Escudo
ColegioSAN JUANDe Girón
48
añosEducando mente y corazón

Personero o Personera

CAPITULO VI. PERSONERO(A) DE LOS ESTUDIANTES

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Es un líder juvenil con la capacidad de generar participación en la Comunidad Estudiantil, de descubrir y trabajar las necesidades del grupo al que representa, de defenderlos derechos humanos y promueve la cultura democrática, de velar porque la comunicación entre estudiantes, maestros, padres de familia y demás integrantes de la Comunidad Educativa sea abierta, clara, sencilla y respetuosa.

Artículo 28. Objetivos


El trabajo del Personero Estudiantil está encaminado a la promoción y el cumplimiento de los Derechos y Deberes de los estudiantes, además de:

Plantear quejas e inquietudes ante las distintas instancias de los Colegios.

Utilizar de manera responsable herramientas de interacción, para promover las diferentes actividades que se realicen dentro de la Institución Educativa.

Servir de garantes del cumplimiento de la normatividad en los procesos disciplinarios.

Ser promotor de paz y convivencia.
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Artículo 29. Cualidades del personero.

Debe representar el perfil del estudiante Juanista, Ser ante todo responsable y dar ejemplo en lo académico y disciplinario, tener iniciativa para desarrollar proyectos que busquen el bienestar de los estudiantes, siempre y cuando se encuentren amparados por la norma y estén al alcance en su cargo.

Artículo 30. Requisitos

Ser estudiante de último grado que ofrezca el Plantel Educativo.

Entregar un plan de trabajo al registrador escolar en los tiempos previstos y exponerlo ante los estudiantes.

Haber estudiado mínimo dos años en la institución.

Haber aprobado con calificaciones en nivel alto o superior el año anterior.

No haber recibido sanciones por faltas graves, los dos años anteriores a la postulación.

Histórico

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