Todos los establecimientos educativos deberán organizar un gobierno escolar para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa. Estará constituido por los siguientes órganos.
Participantes
• El rector, quien lo preside.
• Los coordinadores.
• Un docente por cada área definida en el plan de estudios.
Funciones
a)
Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional.b)
Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el decreto 1860 de 1994. c)
Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.d)
Participar en la evaluación institucional anual.e)
Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los estudiantes y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.f)
Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa siguiendo el debido proceso según el SIEE.g)
Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto